Laeta Fama
Política editorial
Principios generales
La colección LAETA FAMA publica estudios de carácter científico sobre la imagen en todos sus sentidos: visual, literario, mental, etc. Atiende especialmente a aquellas manifestaciones fundadas en la retórica verbo-visual, y en general en la relación de la imagen con la palabra en todas las épocas y culturas, correspondiendo a las áreas de conocimiento de las Humanidades, en especial: Historia del arte y las diferentes ramas de la Filología. No hay, por tanto, límites espacio-temporales ni disciplinares: en todos los países y en todas las épocas dentro de las Humanidades. Los estudios podrán ser publicados en cualquiera de las lenguas peninsulares o en otra lengua mayoritaria internacional.
Ámbitos de estudio
De modo más concreto, los ámbitos de estudio en donde deben asentarse las monografías son los siguientes:
a) La emblemática en relación con sus fuentes literarias y gráficas: estudios iconográficos y filológicos. Ediciones críticas de libros de emblemas.
b) La retórica emblemática en las artes visuales.
c) La retórica emblemática en la literatura.
d) La retórica emblemática y la cultura visual en las manifestaciones efímeras y escenografías festivas del Renacimiento y el Barroco.
e) Análisis e interpretación iconográfica de las artes visuales.
f) Aspectos diacrónicos de la imagen, o análisis de tipos iconográficos en su continuidad y variación en el tiempo y en el espacio.
g) La emblemática y la cultura visual en relación con otros aspectos: la imprenta y la historia del libro, la historia del grabado, etc.
h) La cultura audiovisual contemporánea: el cine y los medios audiovisuales.
i) Análisis e interpretación de la imagen fotográfica.
j) Humanidades digitales y nuevas tecnologías para el estudio de la imagen.
k) Aspectos y direcciones metodológicas hacia una historia cultural a partir de la imagen.
Funciones del Consejo Asesor Internacional
Los miembros que componen este Consejo asesor corresponden a diferentes áreas de conocimiento y, dentro de éstas a específicas especialidades. Sus funciones son principalmente:
a) Informar sobre la viabilidad científica de una propuesta cuando les sea solicitada por parte del Consejo de dirección. Toda decisión sobre la publicación de un libro que tome el Consejo de dirección, deberá contar con el informe positivo de, al menos, uno de los miembros —en función de su especialidad— de este Consejo asesor.
b) Asumir eventualmente la función de editor, responsabilizándose —por razón de la respectiva especialización— de la evaluación por pares ciegos por delegación del mismo Consejo de dirección.
c) Intermediar en diferentes ámbitos investigadores para procurar llevar a la presente colección estudios de calidad que vayan surgiendo.
Proceso de revisión por pares
Al presentar sus manuscritos, los autores pueden sugerir nombres de posibles revisores, o indicar qué expertos no deben participar en el examen de su documento debido a rivalidades u otros conflictos de interés. Los manuscritos previamente seleccionados serán evaluados anónimamente por dos asesores científicos externos, reconocidos especialistas en el campo. Los artículos revisados o cualquier otra información proporcionada por el editor o los autores deben ser tratados confidencialmente antes de su publicación. Todas las evaluaciones y conclusiones del proceso de revisión por pares deben ser objetivas, equilibradas y justas para garantizar la calidad del documento. Los revisores ofrecerán a los autores críticas constructivas y señalarán trabajos publicados relevantes que no hayan sido citados.
Los revisores deben alertar al editor de cualquier contenido publicado o presentado que sea sustancialmente similar al que está siendo examinado o si sospechan que se esté produciendo cualquier otro tipo de mala conducta. Los revisores deben controlar la originalidad y veracidad de los artículos, para evitar plagio, falsificación o manipulación de datos. Es deber del evaluador revisar el manuscrito evitando cualquier prejuicio. Por esta razón, debe hacer saber a la dirección de la colección —o al asesor científico en función de editor— si hay algún conflicto de interés y debe auto-excluirse cuando piense que su objetividad pueda verse afectada. Los revisores tendrán el plazo de un mes —prorrogándose el tiempo en casos justificados—, para emitir un dictamen de evaluación. Cuando dos evaluaciones sean contradictorias, se requerirá una de tercera evaluación. Los artículos aceptados ―dependiendo de la rapidez en las evaluaciones y en la realización de las revisiones posteriores por parte de los autores― pueden esperar a ser publicados durante un tiempo razonable, y en cualquier caso sometiéndose a un turno en relación con la fecha de recepción.
